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Datos Personales | |
PLAN ESTRATÉGICO AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS |
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El 10 de abril la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el borrador de su plan estratégico 2025-2030, e inicia un proceso de consulta pública, hasta el próximo 11 de mayo. |
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El documento, publicado en la web de la AEPD en versión borrador, tiene como objetivo fijar las líneas de actuación de este organismo para los próximos 5 años. El texto está estructurado en ocho principios rectores y seis ejes de actuación, que a su vez recogen distintas acciones para alcanzar los objetivos fijados, entre otros:
- Supervisión inteligente, apoyada en la tecnología y en la gestión eficiente.
- Innovación tecnológica, un claro compromiso con la innovación responsable.
- Influencia estratégica, con refuerzo de alianzas y cooperación a nivel nacional e
internacional e integrando la protección de datos en sectores clave.
- Facilitar el cumplimiento normativo, con una atención especial a las pymes y potenciando
el papel de los profesionales de la privacidad.
Una vez finalizado el periodo de consulta pública, la Agencia analizará todas las aportaciones
recibidas y se espera que la versión definitiva del Plan Estratégico 2025-2030 se publique en el
mes de julio, sirviendo de guía fundamental para las acciones y proyectos de los próximos
años. |
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Atención a la Clientela y Publicidad de Juego | |
PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE REGULAN LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA CLIENTELA |
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El 9 de abril finalizó el plazo para presentar enmiendas al articulado del Proyecto de Ley por el que se regulan los servicios de atención a la clientela, durante su proceso de tramitación Parlamentaria. |
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De entre todas las enmiendas presentadas, la enmienda conjunta (176) del Grupo Parlamentario Socialista y Sumar pretende introducir una nueva disposición final que modificaría la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
La finalidad sería volver a incorporar al ordenamiento jurídico las disposiciones del RD 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de actividades de juego, anuladas por la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 527/2024, así como la introducción de la derogación expresa del artículo 17.4 para facilitar su entendimiento.
Entre otros aspectos, se establecen limitaciones y requisitos aplicables a la publicidad de comunicaciones comerciales en páginas web, aplicaciones y servicios de la sociedad de la información, así como en servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma, y en redes sociales. |
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Medicamentos y Productos Sanitarios | |
ANTEPROYECTO DE LEY DE LOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS |
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El 8 de abril, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Sanidad, ha aprobado la tramitación del Anteproyecto de Ley de los medicamentos y productos sanitarios que se encuentra sometido a audiencia pública hasta el 30 de abril. |
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El Anteproyecto determina las reglas y criterios para la prescripción y dispensación de medicamentos por parte de las oficinas de farmacia, y establece un nuevo modelo de precios seleccionados. A diferencia del sistema actual, que impone un precio único a todos los medicamentos equivalentes, el nuevo enfoque permite que las compañías presenten ofertas de precio cada seis meses.
En materia de publicidad, los artículos 87 y 88 del anteproyecto establecen los requisitos para que un medicamento pueda ser objeto de publicidad destinada al público en general, así como los requisitos a los que se encuentran sometidos este tipo de mensajes publicitarios.
Entre otros, se establece que las comunicaciones comerciales audiovisuales de los medicamentos que se emitan en servicios de comunicación audiovisual deberán cumplir las condiciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad establecidas en el ordenamiento jurídico para la publicidad institucional, lo que comprenderá la subtitulación en abierto de los mensajes hablados salvo imposibilidad material, en cuyo caso deberá recabarse la aprobación por el Ministerio de Sanidad de dicha excepción. |
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Volumen de los anuncios | |
CONSULTA PÚBLICA SOBRE EL NIVEL SONORO DE LOS ANUNCIOS |
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El 28 de marzo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) lanzó una consulta pública sobre el nivel sonoro de los anuncios publicitarios que finaliza el 30 de abril. |
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El objetivo de esta consulta pública es concretar los criterios para poder supervisar el cumplimiento del artículo 121.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) que establece que "el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede" y, de este modo, garantizar una experiencia auditiva adecuada para los espectadores en el medio televisión, vídeo bajo demanda o radio.
La CNMC ha recibido quejas de usuarios sobre anuncios con un volumen anormalmente alto en comparación con los programas en los que se insertan. Sin embargo, la norma no especifica cómo medir este nivel sonoro ni qué umbrales considerar para determinar si hay un incumplimiento. Ante esta situación, considera necesario definir una metodología objetiva para evaluar estas diferencias sonoras y garantizar el cumplimiento de la ley. |
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Zumos de Fruta, confituras y leche deshidratada | |
REAL DECRETO PARA LA TRASPOSICIÓN DE LAS “DIRECTIVAS DESAYUNO” QUE MODIFICAN LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS ZUMOS DE FRUTAS, CONFITURAS DE FRUTAS Y LA LECHE DESHIDRATADA, ENTRE OTROS. |
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Desde el 26 de marzo y hasta el 15 de abril, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha presentado a trámite de audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto que traspondrá las denominadas “Directivas Desayuno” europeas. |
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Este proyecto incorporará a la legislación nacional las novedades introducidas en la modificación de las llamadas directivas desayuno de la Unión Europea (UE), impulsadas durante la Presidencia española del Consejo de la UE. El objetivo es fomentar dietas más saludables y estimular la reformulación hacia productos con menor contenido en azúcares, entre otros, las confituras, jaleas, "marmalades" de frutas, crema de castañas, leche conservada parcial o totalmente deshidratada, los zumos de frutas y los coadyuvantes tecnológicos utilizados en los procesos de elaboración y obtención de alimentos.
En el caso de los zumos, la principal novedad es la creación de nuevas categorías con azúcares reducidos. Sobre las confituras, se incrementa el contenido mínimo de fruta para las distintas categorías. Para la leche deshidratada, se autoriza un nuevo tratamiento para producir productos lácteos deshidratados sin lactosa. |
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Derecho de Rectificación | |
INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO DE RECTIFICACIÓN |
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El 20 de marzo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió una nota de prensa sobre su informe relativo a la Ley Orgánica del Derecho de Rectificación. |
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El anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación, analizado por la CNMC, aborda cómo afectará este derecho fundamental a los medios de comunicación digitales y a las plataformas, ya que tradicionalmente ha estado ligado a la radio, prensa y televisión.
En su informe, la CNMC considera positivo aplicar el derecho de rectificación y la exigencia de veracidad de las informaciones a estos nuevos canales de difusión, igual que a los medios tradicionales.
En cuanto a los aspectos regulatorios, se recomienda, entre otros:
- Unificar el criterio entre esta norma y la regulación de servicios de comunicación audiovisual, ya que el número de seguidores para ser considerado un influencer debería ser el mismo en todas las normas. Sin embargo, la futura Ley Orgánica del Derecho de Rectificación fijará los umbrales a partir de 100.000 seguidores, mientras que la normativa audiovisual los sitúa a partir del millón, para ser considerados prestadores de servicios audiovisuales o “usuarios de especial relevancia”.
- Reformar el artículo 94 de la Ley General de Comunicación Audiovisual para que el principio de veracidad en la información aplique a los usuarios de especial relevancia, como comunicadores de información.
- Concretar el mecanismo que deben tener las plataformas y medios digitales para ejercer el derecho rectificación de forma más eficaz y que facilite su comunicación con los usuarios de especial relevancia.
- Clarificar quién tendrá la competencia para supervisar el cumplimiento de esta obligación y establecer, en su caso, el régimen sancionador aplicable. |
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Noticias Internacionales | |
NUEVAS PUBLICACIONES Y REGULACIONES |
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WFA y Guía Global sobre Marketing de Influencers |
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En el mes de abril, la Federación Mundial de Anunciantes (World Federation of Advertisers - WFA) ha lanzado la Guía Global sobre Marketing de Influencers, que ofrece consejos prácticos para ayudar a las marcas a afrontar las crecientes presiones regulatorias y reputacionales.
Desarrollada en colaboración con organismos globales de normalización publicitaria, la guía describe cómo las marcas pueden garantizar un marketing de influencers más transparente, ético y eficaz. |
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Comisión Europea y Mundos Virtuales |
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El 31 de marzo, la Comisión Europea presentó un conjunto de herramientas para facilitar a los ciudadanos la navegación a través de los mundos virtuales, proporcionando también información sobre los derechos existentes en la UE y directrices sobre ciberseguridad y desinformación.
Las recomendaciones facilitadas se estructuran en torno a ocho valores y principios: libertad de elección, sostenibilidad, enfoque centrado en el ser humano, salud, educación, seguridad, transparencia e inclusión. |
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Comisión Europea y Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual |
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El 28 de marzo la Comisión Europea ha lanzado una convocatoria abierta hasta el 12 de mayo para la realización de un estudio que respalde la evaluación y posible revisión de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual (DSCA).
Entre otras cuestiones, el estudio evaluará si las disposiciones de la DSCA relativas a la protección de menores y la publicidad, entre otras áreas, siguen siendo pertinentes a la luz de la evolución del mercado audiovisual y su creciente digitalización. |
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Comisión Europea y Código de Conducta Publicidad Online |
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En el mes de marzo, la Comisión Europea realizó una serie de talleres para explorar la posibilidad de un futuro código de conducta voluntario para la publicidad online.
El artículo 46 del Reglamento de Servicios Digitales (DSA) exige a la Comisión Europea facilitar la elaboración de códigos de conducta voluntarios para todos los actores involucrados en la cadena de valor de la publicidad programática, con el objetivo de impulsar aún más la transparencia en la publicidad online.
Los talleres reunieron a anunciantes, plataformas online, empresas de tecnología publicitaria, editores y sociedad civil para recabar opiniones sobre diversos temas que afectan al ecosistema publicitario como, por ejemplo, la transparencia en el uso de los datos para la segmentación publicitaria, así como en los procesos dentro de la cadena de valor publicitaria. |
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Comisión Europea y Privacidad online |
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El 3 de abril se ha publicado la noticia de una próxima propuesta legislativa por parte de la Comisión Europea, dirigida a las pequeñas y medianas empresas (pymes), para simplificar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
En los próximos meses, la Comisión Europea seguirá impulsando la simplificación normativa. En particular, realizará una evaluación de la legislación digital, incluyendo la Ley de Inteligencia Artificial (IA) y el RGPD.
Sin embargo, esta norma no debería tener un impacto significativo en los grandes anunciantes, ya que resulta poco probable que afecte a sus obligaciones en virtud del RGPD. |
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Países Bajos y marketing dirigido a menores |
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El 8 de abril, el secretario de Salud holandés Vincent Karremans, presentó el esquema de la Estrategia Nacional de Prevención al Parlamento, con el objetivo de lograr una generación más sana para 2040. Los niños y adolescentes se identifican como particularmente susceptibles a la publicidad y al marketing de influencers. El marketing, los comercios minoristas y supermercados se consideran influencias clave en el comportamiento juvenil.
Por ello, se proponen medidas para restringir la venta de alimentos poco saludables cerca de las escuelas y aumentar las ventas de productos saludables. Además, el contenido de influencers podría estar sujeto a requisitos de etiquetado al promocionar productos poco saludables en redes sociales. |
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