Si no puede ver correctamente este mensaje pulse aquí.

Anunciantes
Newsletter legal  JUNIO
 
Publicidad del Juego
Publicidad del Juego
CONSULTA PÚBLICA ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 13/2011, DE 27 DE MAYO, DE REGULACIÓN DEL JUEGO
Hasta el 22 de junio el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 lanzó una consulta pública previa para regular la actividad del juego.
El anteproyecto de ley pretende actualizar la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, con la finalidad de garantizar la protección del orden público, luchar contra el fraude, prevenir las conductas adictivas, y proteger a los participantes en este tipo de actividad, en especial menores de edad.

Entre otras medidas, se aborda la regulación de la publicidad de este tipo de productos y servicios, que actualmente se encuentra contenido en el artículo 7 y 7. bis de la citada normativa. Para ello, el Ministerio se centra específicamente en la publicidad en los servicios digitales, en el uso de estrategias promocionales especialmente intensivas como los bonos de bienvenida, y frente a la tendencia a banalizar los riesgos del juego mediante su asociación con personas de notoriedad pública.

En este sentido, la anulación de parte del contenido del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego por la Sentencia núm. 527/2024, de 2 de abril, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha supuesto para el gobierno la necesidad de revisar el actual marco legal para tratar todas estas cuestiones a través de una nueva ley que regule la oferta publicitaria de esta actividad.
ACCEDE AL CONTENIDO DEL DOCUMENTO
 
Bebidas con cafeína
Bebidas con cafeína
ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO DE MENORES A BEBIDAS CON ALTO CONTENIDO EN CAFEÍNA
Hasta el 19 de junio, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha sometido a consulta pública el anteproyecto de ley de acceso de menores a bebidas con alto contenido en cafeína.
Esta norma pretende dar respuesta a una falta de regulación específica y homogénea sobre bebidas con alto contenido en cafeína, especialmente en lo relativo a su publicidad, suministro y condiciones de acceso por parte de menores.

Con ella, se persigue asegurar la coherencia y homogeneidad del marco regulatorio en todo el territorio nacional, evitando la fragmentación normativa derivada de iniciativas autonómicas ya existentes (Galicia y Asturias) garantizando un nivel común de protección para todas las personas menores de edad, así como una mayor seguridad jurídica para los operadores económicos.

Para ello, se adopta la decisión de realizar una regulación integral que combinará la regulación de la publicidad de bebidas con alto contenido en cafeína dirigida a menores, el establecimiento de obligaciones de información reforzada mediante advertencias visibles sobre riesgos para la salud en el etiquetado y la publicidad, junto con restricciones de venta o suministro a menores.
ACCEDE AL CONTENIDO DEL DOCUMENTO
 
Publicidad financiera
Publicidad financiera
ÓRDENES PARA LA REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS Y CONTROL DE LA PUBLICIDAD DE LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS BANCARIOS
Hasta el 19 de junio, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha sometido a consulta pública la modificación de diversas órdenes relativas a la atención al cliente de servicios bancarios, y entre ellas, la orden EHA/1718/2010, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.
La modificación de esta normativa pretende completar el desarrollo reglamentario y la transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2023/2225, de 18 de octubre de 2023, así como llevar a cabo los desarrollos reglamentarios previstos por el anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo, y reforzar, entre otras cuestiones, los requisitos de información precontractual y contractual y la presentación y contenido de la publicidad.

Se prevé el desarrollo reglamentario de la publicidad de los contratos y créditos al consumo, estableciendo los requisitos para incluir en las comunicaciones comerciales información sobre el coste de los créditos, además de la prohibición de aquella publicidad que, conforme a los criterios que reglamentariamente se establezcan mediante orden, entrañe riesgos para los consumidores.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA CONSULTA
 
Contenidos Audiovisuales
Contenidos Audiovisuales
ACUERDO DE CORREGULACIÓN PARA LA CALIFICACIÓN DE CONTENIDOS Y PROGRAMAS AUDIOVISUALES POR EDADES
El 11 de junio el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y los principales agentes del sector audiovisual firmaron un Acuerdo de Corregulación para la calificación de contenidos y programas Audiovisuales.
El acuerdo establece un modelo homogéneo de clasificación por edades y descriptores de contenido que alertan sobre elementos potencialmente sensibles para la infancia y la adolescencia.

Este sistema resultará aplicable a servicios de comunicación audiovisual televisivos, a los servicios audiovisuales bajo demanda y a los influencers que tengan la condición de UER (usuarios de especial relevancia), y permitirá a los espectadores tomar decisiones más informadas sobre los contenidos que consumen. También facilita el uso de herramientas de control parental.

El acuerdo ha sido suscrito asimismo por los principales agentes del ecosistema audiovisual, entre los que se encuentran los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, entidades como la Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA) o la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), además de organizaciones de consumidores y usuarios, como AUC, iCmedia o Plataforma de Organizaciones de Infancia.

Asimismo permite que haya firmantes iniciales, que lo suscribieron en el momento de su firma, y otros que podrán adherirse con posterioridad. Así, en el ámbito autonómico, la adhesión al acuerdo se producirá de forma progresiva por parte de las televisiones autonómicas y locales.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA NOTICIA
 
Inteligencia Artificial
Inteligencia Artificial
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA EL BUEN USO Y LA GOBERNANZA DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL
El 26 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, para su remisión al Congreso de los Diputados.
Esta norma adapta al ordenamiento jurídico español el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, en vigor desde agosto de 2024, e identifica en España los organismos de supervisión de dicho Reglamento y establece su régimen sancionador.

La futura ley se aplicará a entidades públicas y privadas que actúen como operadores de sistemas de IA en España, incluyendo los proveedores, responsables de despliegue, fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores.

La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial será el punto de contacto único. No obstante, se atribuyen competencias sectoriales a:

La Agencia Española de Protección de Datos.
• El Banco de España.
• La Comisión Nacional del Mercado de Valores.
• La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
• El Consejo General del Poder Judicial.
• La Junta Electoral Central.

El pasado 7 de mayo, la Unión Europea acordó modificar el Reglamento de Inteligencia Artificial para añadir dos sistemas prohibidos que se suman a los ocho en vigor: prohibir en todo el territorio comunitario la introducción en el mercado, puesta en servicio y el uso de sistemas de Inteligencia Artificial que generen contenidos íntimos falsos sin consentimiento (conocidos como deepfakes sexuales) y las herramientas de inteligencia artificial para la creación de material de abuso sexual infantil.
ACCEDE AL CONTENIDO DEL DOCUMENTO
 
Noticias Internacionales
Noticias Internacionales
NUEVAS PUBLICACIONES Y REGULACIONES
Comisión Europea - Consumo Sostenible
El 12 de junio, la Comisión Europea ha iniciado el procedimiento TRIS (“Technical Regulation Information System”) sobre el Anteproyecto de Consumo sostenible.

Se trata de la segunda vez que el Ministerio de Derechos Sociales presenta este anteproyecto en el marco del referido procedimiento. En esta nueva versión del documento se mantienen los aspectos relacionados con los claims medioambientales, la prohibición de publicidad de combustibles fósiles, y la reduflación, pero se introduce un cambio en el criterio de la limitación del incremento del precio final en situaciones de emergencia.

Este trámite finalizará el 15 de septiembre, con la posibilidad de un retraso en caso de que la Comisión o Estados Miembros emitan un dictamen motivado de disconformidad o que la Comisión decida bloquearlo. De lo contrario, el Gobierno podría continuar con su tramitación.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN
 
Comisión Europea - IA
El 10 de junio, la Comisión Europea ha publicado su Código de Buenas Prácticas sobre la Transparencia del Contenido Generado por IA, diseñado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento de IA.

Estas obligaciones pretenden lograr una mayor transparencia del contenido generado y manipulado por IA para abordar los riesgos de engaño, manipulación y pérdida de confianza. La Comisión también ha publicado los iconos específicos para el etiquetado, que forman parte integral del Código.

La sección 2 del código establece las normas para quienes implementan sistemas de IA que generan o manipulan contenido de imagen, audio o vídeo “deepfake”, así como texto generado o manipulado por IA publicado para informar al público sobre asuntos de interés público, la divulgación debe ser clara, distinguible y accesible, y proporcionarse a más tardar en la primera exposición.

Las organizaciones que lo deseen podrán adherirse para demostrar su intención de cumplir con las obligaciones de transparencia. Se prevé que la lista de signatarios del Código se publique en julio de 2026.
ACCEDE AL CONTENIDO DEL DOCUMENTO
 
Malasia - Redes Sociales y menores
El 1 de junio Malasia ha comenzado a aplicar nuevas normas que prohíben a los menores de 16 años crear cuentas en redes sociales, exigiendo a las principales plataformas que implementen sistemas de verificación de edad y eviten los registros de menores.

La Comisión de Comunicaciones y Multimedia de Malasia ha anunciado que la verificación de edad para los usuarios se implementará durante los próximos seis meses. Los usuarios identificados como menores de 16 años tendrán un mes para descargar o transferir sus datos, incluyendo fotos y videos, antes de que se apliquen restricciones u otras medidas a sus cuentas.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA NOTICIA
 
Nueva York - Etiquetado IA en publicidad
En el mes de junio, Nueva York se ha convertido en el primer estado de EE. UU. en exigir a los anunciantes que divulguen el uso de "intérpretes sintéticos" generados por IA. La ley, que ha entrado en vigor este mes, exige una divulgación clara y visible siempre que un anuncio utilice una imagen humana creada digitalmente que parezca una persona real.

Esta medida pretende aumentar la transparencia a medida que los personajes generados por IA se están volviendo más comunes en la publicidad digital y el contenido de redes sociales. Se aplica a todos los formatos publicitarios, con ciertas excepciones, como algunos materiales promocionales relacionados con el cine, la televisión y el entretenimiento.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA NOTICIA
 
Comisión Europea - Publicidad de tabaco
El 22 de mayo, la Comisión Europea puso en marcha una consulta pública relativa a la actualización de la Directiva 2014/40/UE en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco.

Esta iniciativa pretende reforzar las normas actuales sobre comercialización y publicidad digital de los productos de tabaco. Para ello, plantea regular la promoción de productos novedosos a través de medios digitales tales como redes sociales, influencers, mercados en línea, plataformas de intercambio de vídeos, videojuegos en línea y servicios de streaming, entre otros.
ACCEDE AL CONTENIDO DE LA NOTICIA
Instagram Facebook Youtube Twitter LinkedIn Flicker

Teléfono

91 556 03 51

Email

aea@anunciantes.com

Si no quiere recibir más información de Anunciantes haga clic aquí.

© 2026 Asociación Española de Anunciantes